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Instrucciones para rellenar el modelo 390 de resumen anual del IVA

Instrucciones para rellenar el modelo 390 de resumen anual del IVA

Si durante un ejercicio presentas el modelo 303 de autoliquidación del IVA debes saber que a principios del año siguiente tendrás que rellenar el modelo 390 de resumen anual de las declaraciones de IVA.

El modelo 390 es sólo el resumen anual de las declaraciones de IVA presentadas a lo largo del año anterior por lo que aunque su presentación es obligatoria, no supone ningún gasto extra. Es solo a título informativo.  


¿Quién debe presentar el modelo 390?

Por norma general, todas aquellas personas físicas o empresas que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones periódicas del impuesto del IVA (modelo 303) ya sean mensuales o trimestrales, deben presentar el modelo 390.

Sin embargo, existen ciertas exenciones:

  • Actividades que tributan en régimen simplificado del IVA.
  • Actividades de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

¿Cuándo hay que presentar el modelo 390?

Al ser un resumen anual, el plazo de presentación es del 1 al 30 de enero del año siguiente. Es decir, el modelo 390 del año 2017, se presentará entre el 1 y el 30 de enero de 2018.

En el caso de que el último día para presentar el modelo coincida con un día inhábil, se aplaza hasta el primer día hábil siguiente.

¿Qué información se necesita para presentar el modelo 390?

Para poder presentar la declaración-resumen anual del IVA, necesitarás contar con la siguiente información:

  • Tu número de identificación fiscal (NIF).
  • Todas las facturas de ingresos y gastos que hayas tenido durante el período en cuestión y separar la información en función de los siguientes criterios:
  • La base imponible, es decir, el importe de la factura antes del IVA.
  • El tipo impositivo de IVA que aparece en la factura (4%, 10% y 21%).
  • La cuota de IVA contenida en la factura.
  • Procedencia del ingreso o gasto: nacional, intracomunitaria – es decir, dentro de la UE – o extracomunitaria.
  • Tipo de gasto: gasto corriente o bien de inversión. Los bienes de inversión son todos aquellos productos que has comprado y vas a usar durante más de 1 año, mientras que los gastos corrientes son todas las compras que consumirás en menos de un año.

Si eres usuario de Quaderno, puedes obtener toda esta información con un solo clic.

¿Cómo se rellena el modelo 390?

A continuación, vamos a ver paso a paso cómo se rellena el modelo 390 mediante un ejemplo.

Imaginemos el caso de un autónomo que se dedica a la creación y ventas de infoproductos, ha realizado varias compras y venta de bienes y/o servicios en España, cuenta con determinadas operaciones intracomunitarias y a su vez, ha realizado compras y/o ventas a países fuera de la U.E.

Supongamos que durante el último ejercicio ha tenido los siguientes ingresos y gastos.

Ingresos:

  • Ventas en España: 18.150 €
  • Ventas dentro de la UE: 3.000 €
  • Ventas fuera de la UE: 2.200 €

Gastos:

España:  

  • Colaboradores externos: 1.089 €
  • Ordenadores: 3.388 €

Unión Europea:

  • Servicios de consultoría en Francia: 1.500 €
  • Folletos procedente de Alemania: 1.000 €

Fuera de la U.E:

  • Material de oficina procedente de Brasil: 800 €
  • Mesa de trabajo desde Argentina: 1.000 €
  • Hosting de la web en EE.UU.: 500 €

Si piensas que tu negocio tiene alguna característica especial en relación al IVA, entonces te recomendamos acudir a un profesional o consultar con la propia Agencia Tributaria.

Apartado 1: Sujeto pasivo

Introduce tus datos básicos: tu NIF, tu nombre y apellidos si eres autónomo o el nombre de tu empresa.

El resto de campos no suelen ser frecuentes. Lee con atención y selecciona la casilla correspondiente si es tu caso.

Apartado 2: Devengo

Aquí solo tienes que especificar el año anterior (ejercicio) que estás declarando.

Apartado 3: Datos estadísticos

Especifica aquí el nombre y número de epígrafe de la actividad económica que estás ejerciendo. La puedes buscar en el modelo 036/037 con el que te diste de alta en Hacienda.

Si has presentado el modelo 347 destinado a las operaciones realizadas con terceras personas, entonces también debes marcar la casilla D.

Apartado 4: Datos del representante

Si actúas a través de un representante, añade la siguiente información: su NIF, nombre completo si es autónomo o razón social si es una empresa junto con el domicilio fiscal completo, la fecha y su firma digital.

Apartado 5: IVA devengado (ingresos)

En este apartado vamos a detallar todo el IVA que has recaudado en tus ventas y que has abonado a Hacienda a lo largo del año pasado.

Generalmente hay cuatro secciones principales que debes tener en cuenta:

  • Régimen ordinario, para todas las facturas a las que has aplicado IVA español.
  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes (productos físicos).
  • Adquisiciones intracomunitarias de servicios.
  • IVA devengado en otros supuestos de inversión del sujeto pasivo.

A continuación, te explicamos cómo rellenar cada una de estas secciones.

Régimen ordinario

Coge todas tus facturas en las que hayas aplicado IVA español, tanto a clientes españoles como de otros países, y agrúpalas por tipo impositivo. Lo más normal es que le hayas aplicado a casi todas el 21% de IVA.

Para cada tipo impositivo tendrás que calcular el importe base y la cuota de IVA total que has cobrado durante todo el año.

Siguiendo el ejemplo, el año pasado se facturaron una ventas totales de 18.150€ con un tipo impositivo del 21% en ventas dentro de España. En este caso, deberás indicar el importe de 15.000€ como base imponible en la casilla 05 y la cuota de IVA correspondiente, 3.150€ en la casilla 06.

El resto de tipos impositivos los puedes dejar vacíos si no los has aplicado en ninguna factura el año pasado.

Adquisiciones intracomunitarias

Si tienes número de operador intracomunitario (VAT Number) y has realizado compras de bienes o servicios a proveedores de otros países de la Unión Europea, deberás indicarlo en los apartados siguientes:

  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes (productos físicos).
  • Adquisiciones intracomunitarias de servicios.

Como las facturas de operaciones intracomunitarias no llevan IVA, tendrás que sumar los totales de todas esas facturas y calcular la cuota de IVA que pagarías si hubieras hecho la compra en España.

En nuestro caso, existe una factura por importe de 1.500€ por contratar los servicios de una consultoría en Francia y un total de 1.000€ por la compra de material a Alemania. Añadimos el importe de 1.000€ en la casilla 25 y 1.500€ en la casilla 551.  Se calculará la cuota de IVA de forma automática para un tipo impositivo del 21%, el que corresponde si hubiera realizado estas operaciones en España.

Inversión de sujeto pasivo

Reúne todas las facturas de compras que te hayan enviado proveedores de fuera de la UE donde se haya aplicado la inversión del sujeto pasivo y no lleven ningún tipo de impuesto.

Volviendo al ejemplo anterior, tenemos una factura por importe de 500€ por la contratación del hosting de la web a una empresa ubicada en EE.UU. A esta factura se le ha aplicado la inversión del sujeto pasivo y no llevan ningún tipo de impuesto.

A continuación, añadimos el importe de 500€ a la casilla 27 y calculamos el 21% de dicha cantidad en la casilla 28. El total de las bases y cuotas del IVA se calcularán automáticamente en la casillas 33 y 34.

Apartado 5: IVA deducible (gastos)

En este apartado deberás indicar el IVA total que has pagado en tus compras durante el año pasado. Como autónomo o empresa, no tienes que pagar este impuesto y Hacienda te lo va devolver a final del año.

Lo primero que tendrás que hacer es clasificar todos tus gastos en tres grupos:

  • Operaciones interiores: todas tus compras dentro de España y a proveedores de fuera de la UE que te hayan aplicado inversión de sujeto pasivo (p.e. Quaderno).
  • Adquisiciones intracomunitarias: todas tus compras a proveedores de la UE con un VAT Number válido.
  • Importaciones: todas tus compras a proveedores de fuera de la UE que hayan pasado por Aduana (tendrás la correspondiente factura DUA).

A su vez, divide los gastos de cada uno de estos grupos en:

  • Bienes y servicios corrientes: gastos ordinarios para el funcionamiento de tu negocio que se consumen en menos de un año.
  • Bienes de inversión: compras que tengan una vida útil superior a un año (p.e. ordenadores, mobiliario, etc.), también conocidos como activos.

Por último, toma los gastos de cada uno de estos seis grupos y agrúpalos por tipos impositivos. Por ejemplo, toma todas las facturas de gastos corrientes de tus compras dentro de España que tengan un IVA del 21% (la mayoría). Suma las bases imponibles y la cuota de IVA de cada una de ellas.

Ahora solo tienes que rellenar cada una de las secciones que aparecen en este apartado de la declaración con las bases imponibles y las cuotas de IVA de cada uno de los grupos anteriores:

  • IVA deducible en operaciones interiores de bienes y servicios corrientes.
  • IVA deducible en operaciones interiores de bienes de inversión.
  • IVA deducible en importaciones de bienes corrientes.
  • IVA deducible en importaciones de bienes de inversión.
  • IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes.
  • IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión.
  • IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios.

Por último, toma los gastos de cada uno de estos seis grupos y agrúpalos por tipos impositivos. Por ejemplo, toma todas las facturas de gastos corrientes de tus compras dentro de España que tengan un IVA del 21% (la mayoría). Suma las bases imponibles y la cuota de IVA de cada una de ellas.

Dos anotaciones importantes:

  • Los apartados relacionados con importaciones solo se rellenan si la mercancía ha entrado por Aduana y tienes la correspondiente factura DUA.
  • Los apartados relaciones con adquisiciones intracomunitarias solo se rellenan si tienes un número de operador intracomunitario (VAT Number). Si tienes dicho número, todas tus compras estarán exentas de IVA. En este caso, tendrás que sumar los totales de esas facturas y calcular el impuesto correspondiente que pagarías si hubieras hecho la compra en España.

Vamos a ver como quedaría el modelo con nuestro ejemplo.

Primero, organizamos los gastos en:

Operaciones interiores:

  • Colaboradores externos: 1.089 € (21% de impuestos incluidos)
  • Ordenadores: 3.388 € (21% de impuestos incluidos)
  • Hosting de la web en EE.UU: 500 €

Adquisiciones intracomunitarias:

  • Servicios de consultoría en Francia 1.500 €
  • Material procedentes de Alemania: 1.000 €

Importaciones:

  • Material procedentes de Brasil: 800 €
  • Mobiliario procedente de Argentina: 1.000 €

A continuación, rellenamos el modelo con los datos que tenemos. En nuestro caso, únicamente vamos a completar las siguientes secciones:

  • IVA deducible en operaciones interiores de bienes y servicios corrientes
  • IVA deducible en operaciones interiores de bienes de inversión
  • IVA deducible en importaciones de bienes corrientes
  • IVA deducible en importaciones de bienes de inversión
  • IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes
  • IVA deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios

A medida que vayas cumplimentando las casillas de este apartado, el programa de ayuda irá sumando los totales y en la casilla 65 mostrará el resultado final del IVA del año pasado como la diferencia entre el IVA devengado (ingresos) y el IVA deducible (gastos):

Apartado 7: Resultado liquidación anual

El importe que aparezca en la casilla 84 debe ser igual a la suma del resultado de todos los modelos 303 que has ido presentando a lo largo del año.

Si en la declaración del año pasado decidiste compensar el resultado final, debes añadir ese importe en la casilla 85 de la declaración de este año. Ese dato puedes obtenerlo de la casilla 97 del modelo 390 del año anterior.

Apartado 8: Tributación por razón de Administración

En caso de que estés dado de alta en El País Vasco o Navarra, deberás rellenar las casillas 87-91, indicando el porcentaje de operaciones totales llevadas a cabo en cada territorio.

En la casilla 92, debe quedar reflejado el valor total de las actividades que hayas realizado en España.

Por último, en caso de que el año pasado compensaras el resultado de la declaración anual, indica el importe correspondiente a España en la casilla 93. Si no tributas en el País Vasco o Navarra, el valor sería el mismo que el de la casilla 85.

Apartado 9: Resultados de las liquidaciones

En la casilla 95 tendrás que introducir los resultados de todos los modelos 303 presentados el pasado.

Si el resultado de la última declaración del año pasado fue negativo puedes solicitar:

  • Compensarlo en la próxima declaración: rellena la casilla 97 con ese valor.
  • Que te lo devuelvan: rellena entonces la casilla 98 con dicho valor.

Apartado 10: Volumen de operaciones

En este apartado, se realiza un resumen agregado de tus ingresos recibidos del total de las operaciones realizadas.

Indica la suma de las bases imponibles de tus operaciones por tipo de transacción en la casillas correspondientes. Las más comunes son:

  • Operaciones en régimen general: todas las ventas a las que hayas aplicado IVA español.
  • Entrega intracomunitarias exentas: todas tus ventas a clientes de la UE en las que no has aplicado IVA por ser tu comprador un operador intracomunitario con un VAT Number válido.
  • Operaciones no sujetas por reglas de localización o con inversión del sujeto pasivo: todas tus ventas a clientes de fuera de la UE donde no hayas aplicado ningún impuesto por inversión de sujeto pasivo.

Apartado 11: Operaciones específicas

En este apartado, vas a indicar un resumen agregado de una parte de tus gastos independientemente de que ya lo hayas reflejado en otra sección de este mismo modelo.

En la casilla 230, se reflejan las compras de bienes y servicios realizadas en España que estén exentas de IVA, según el artículo 20 de la Ley de IVA.

En la casilla 109, indica aquellas compras de bienes y servicios realizadas dentro de la Unión Europea (excepto España) que estén explícitamente exentas de IVA, según los artículos 26 y 140 bis de la Ley de IVA.

En la celda 231, se indican las compras de bienes y servicios realizadas fuera de la Unión Europea que estén explícitamente exentas de IVA,  según los artículos 27 a y 67 de la Ley de IVA.

En la casilla 232, indicamos aquellas compras cuyo IVA no sea deducible, según artículos 95 y 96 de la Ley de IVA.

Si vendes productos a países de la UE que han sido comprados también dentro de la UE y están exentos de IVA, debes reflejarlo en la casilla 113.

Y por último, la casilla 523 se refiere a los servicios realizados que originan una inversión del sujeto pasivo, es decir, cuando el IVA no lo declaramos nosotros sino nuestros clientes, según el artículo 84.1-2º de la Ley del IVA.

Y eso es todo de momento. Como puedes comprobar, hay más apartados en este modelo, pero no suelen rellenarse en la mayoría de los casos. Si crees que tu negocio entra dentro de esa categoría o simplemente tienes dudas, te recomiendo consultar con un asesor profesional que pueda estudiar tu caso con detenimiento.

¿Cómo se presenta el modelo 390?

Puedes realizar la presentación del modelo 390 desde este mismo programa de generación del modelo, seleccionando la casilla de “Presentación inmediata” y el botón "Guardar”.

De esta forma podrás completar la presentación de la declaración por vía electrónica, siempre y cuando cuentes con certificado electrónico.

A continuación se mostrará la ventana "Presentación Modelo 390". Pulsa el botón "Seleccionar" para escoger el certificado electrónico con el que realizarás la presentación y después pulse el botón "Realizar presentación".

En la siguiente ventana, "Confirmación Presentación Modelo 390", deberás marcar la casilla "Conforme" y pulsar sobre el botón"Firmar y Enviar".

Si la presentación se ha efectuado correctamente, se mostrará el mensaje «Su presentación ha sido realizada con éxito» y se guardará automáticamente un justificante en formato PDF en la carpeta de instalación del programa.

En caso de que no hayas marcado la casilla para realizar la presentación inmediata desde el programa de ayuda IVA,  puedes realizar la presentación del modelo 390 en cualquier otro momento desde la página web de la AEAT.

En la sección “Presentaciones (mediante fichero)”, podrás elegir entre certificado electrónico de identificación o DNI electrónico”,  “Cl@ve PIN”  (“Presentaciones 20xx”) o “Presentación de declaración con confirmación por SMS 20xx”.  

A continuación, te explicamos cómo presentar el modelo mediante certificado electrónico o DNI electrónico.

Pulsa sobre “Presentaciones 20xx” y a continuación selecciona «Con certificado electrónico de identificación o DNI electrónico».

Selecciona el fichero que obtuviste cuando realizaste la declaración a través del programa de ayuda IVA. El fichero que se generó tiene extensión .390.

A continuación, obtendrás un resumen de la declaración, pulsa "Firmar y enviar".

En la siguiente ventana "Confirmación Presentación Modelo 390", aparecerán los datos que se van a enviar, deberás marcar la casilla "Conforme" y  pulsar sobre "Firmar y Enviar".

Una vez finalizado el proceso, te aparecerá el mensaje «Su presentación ha sido realizada con éxito» con un PDF incrustado que contiene la información de la presentación y una copia completa de la declaración.

¡Eso es todo! Esperamos haberte servido de ayuda y no olvides que si tienes cualquier duda sobre el modelo, lo mejor es acudir a un profesional cualificado o preguntar en la AEAT.

Ayuda: Modelo 390

Nota: En Quaderno nos encanta ofrecer información útil y buenas prácticas sobre impuestos y finanzas, pero no somos asesores fiscales certificados. Si tienes cualquier duda o pregunta, consulta con un asesor fiscal profesional o la propia Agencia Tributaria.